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año:2007
 
institución:MUNICIPALIDAD DE POAS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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5 8 R-DCA-314-2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas del primero de agosto de dos mil siete.------------------- Recurso de apelación interpuesto por WPP Continental de Costa Rica, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación pública 2007LN-000001-ASISTA, promovida por la Municipalidad de Poás, para la contratación de los servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos ordinarios en el cantón de Poás, de los distritos de San Pedro, San Juan, San Rafael, Carrillos y parte de Sabana Redonda, recaído a favor de la empresa Servicios de Recolección y Limpieza La Villa, S.A., por un monto mensual de ¢11.000.000.00.------------------- RESULTANDO I. WPP Continental de Costa Rica, S.A. cuestiona el presente acto de adjudicación por los siguientes motivos: 1) manifiesta que el señor Eladio Segura ofertó en su condición de persona física y en calidad de Presidente de la empresa Servicios de Recolección y Limpieza la Villa, S.A., pero no estableció el grado de responsabilidad de cada uno de los oferentes ni existe un acuerdo consorcial donde señale la responsabilidad solidaria, dado que el acto de adjudicación se dictó solo a favor de la empresa Servicios de Recolección y Limpieza La Villa, S.A., la cual fue constituida el 1o. de setiembre de 2004 y el testimonio fue presentado al Registro Público el 8 de abril de 2005, lo que significa, que este oferente nació a la vida jurídica hasta el 1o. de junio de 2005, razón por la cual, la experiencia a evaluar no puede ser mayor a dos años. b) Mera autorización de Berthier EBI de Costa Rica, S.A.: alega que la adjudicataria presentó una carta de este oferente para utilizar el relleno sanitario La Uruka, lo que implica que el cincuenta por ciento de esta contratación lo realizará Berthier, es decir, se encargará del servicio de disposición y tratamiento, pero no adquiere responsabilidad alguna con la Muni ...
Fecha publicación: 10/08/2007
Fecha emisión: 31/07/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 08194 24 de julio de 2007 DAGJ-0877-2007 Ingeniero José Joaquín Brenes Vega Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE POÁS Estimado señor: Asunto: Consulta sobre el pago del prohibición del 65% a un profesional interino. Se refiere este Despacho a su oficio No.AM-203-2007, de fecha 12 de Julio, recibido en esta Contraloría el día siguiente, por medio del cual nos solicita criterio en relación a los siguientes aspectos. “a) Si se puede realizar el pago del 65% de prohibición a un(a) profesional interino(a). b) Si se le pueden pagar anualidades a una persona que está interino(a) c) Si procede el pago de prohibición a un(a) Asesor(a) legal.” Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentra sujetos a la fiscalización de esta Contraloría General. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. En vista de que la consulta formulada excede el ámbito de competencias de esta Contraloría General, debido a que se trata de un caso de materia laboral ...
Fecha publicación: 29/07/2007
Fecha emisión: 24/07/2007
Documento: 08194-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08109 20 de julio de 2007 DAGJ-0855-2007 Señor Raúl Gómez Chávez Contador Municipal MUNICIPALIDAD DE POÁS Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con el pago del retroactivo del ajuste salarial del 4.95% Se refiere este Despacho a su oficio No. COM-25-2007, de fecha 09 de julio, recibido en esta Contraloría General el día siguiente, por medio del cual consulta si tiene derecho a que se le reconozca el retroactivo del ajuste salarial del 4.95%, porcentaje establecido mediante Decreto Ejecutivo, debido a que al equipararse los salarios al mínimo, el suyo estaba por encima de la base señalada en el mencionado decreto. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (entiéndase los que se encuentra sujetos a la fiscalización de esta Contraloría General. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. Por lo anterior, se reguló en esta circular en los puntos 3, 4 y 6 lo siguiente: 3. Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca ...
Fecha publicación: 28/07/2007
Fecha emisión: 20/07/2007
Documento: 08109-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE POAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA